jueves, 7 de noviembre de 2013

Guatemala: Juicio por genocidio se aplaza a enero de 2015

El juicio por genocidio en contra del ex jefe de facto Efraín Ríos Montt y de su jefe de inteligencia, Mauricio Rodríguez Sánchez, reiniciará en enero de 2015 debido a que la agenda del Tribunal B de Mayor Riesgo, encargado del proceso, se encuentra llena en lo que resta de 2013 y en 2014, informó Prensa Libre.

Héctor Reyes, abogado del Centro de Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH), indicó que fueron notificados por parte del tribunal, que por motivos de agenda durante 2013 y 2014, no se podrá reiniciar el debate contra los militares retirados, por lo que se programó para el 2015.

El Tribunal B de Mayor Riesgo fijó para el lunes 18 de noviembre conocer un recurso presentado por la defensa de Rodríguez Sánchez, para que al sindicado se le cambie el arresto domiciliar por una medida sustitutiva.

En declaraciones a elPeriódico, Arturo Aguilar, asesor del Ministerio Público (MP) dijo que el año y dos meses que se deberá esperar, es una muestra de que se necesitan más tribunales de máximo riesgo; Aguilar descartó la posibilidad de presentar una acción para adelantar el juicio.

Por su parte Francisco Palomo, defensor de Ríos Montt, dijo que es incierta la fecha del inicio a debate, debido que aún faltan amparos por resolver y la solicitud de amnistía.

Los militares retirados son acusados por el MP de ser los autores intelectuales de la muerte de 1 mil 771 miembros de la etnia Ixil, en Quiché, cuando Ríos Montt se desempeñaba como jefe de Estado de facto.

El 10 de mayo del 2013, el Tribunal A de Mayor Riesgo condenó a Ríos Montt a 80 años de prisión por los delitos de genocidio y deberes contra la humanidad y absolvió a Rodríguez Sánchez; sin embargo, 10 días después de haberse emitido condena, la Corte de Constitucionalidad aceptó un recurso de la defensa que argumentaba errores en el proceso, por lo que el juicio debía regresar a noviembre de 2011.

La tercera semana de octubre la Máxima Corte emitió un amparo a favor del ex jefe de facto, en el que se ordena a una Sala de Apelaciones y al Tribunal, a cargo del proceso, argumentar porque se debe conceder o negar la amnistía al militar retirado, en base al Decreto 8-86, emitido durante el gobierno de Humberto Mejía Víctores, que daba amnistía a todo militar y guerrillero que hubiera cometido violaciones entre el 23 de marzo de 1982 y el 1 de enero de 1986.


Fuente:  CERIGUA

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